El artículo 192 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Morelos, no constriñe a esta entidad pública a publicar las sanciones impuestas a los servidores públicos del Consejo de la Judicatura del Estado de Morelos por algún órgano competente o por la misma autoridad; únicamente se encuentra facultada para publicar aquéllos en dónde se haya dictado declaratoria de inexistencia de responsabilidad administrativa o el desechamiento de la denuncia.
RESOLUCIONES DICTADAS POR EL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE MORELOS EN LOS EXPEDIENTES FORMADOS CON MOTIVO DE LOS PROCEDIMIENTOS O INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS INICIADOS EN CONTRA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE ESTA INSTITUCIÓN.